Contrato de Arras o de Señal
- mhigueras1
- 4 mar
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Actualizado: 5 mar
La compraventa de inmuebles en España suele realizarse tras la firma de un contrato de arras o de señal. Con la firma del contrato de arras, el comprador debe pagar, por lo general, el 10 % del precio pactado y se compromete a adquirir la propiedad dentro de un plazo determinado. Si la compraventa no se formaliza dentro del plazo acordado por incumplimiento del comprador, el vendedor tiene derecho a retener la cantidad entregada en concepto de arras. En cambio, si el incumplimiento es responsabilidad del vendedor, este deberá devolver al comprador el doble del importe recibido.
Es especialmente importante que el pago de las arras se realice siempre en una cuenta de un tercero neutral al momento de la firma, con el fin de garantizar una correcta ejecución de la transacción.
Las agencias inmobiliarias suelen disponer de modelos estándar de contratos de arras que no siempre se adaptan a cada caso particular. Firmar un contrato en estos términos puede poner en riesgo la seguridad de la operación y sus derechos.
¿Está pensando en firmar un contrato de arras? Permítanos adaptarlo a su situación para evitar posibles consecuencias negativas. ¡Consúltenos!

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